miércoles, 16 de marzo de 2011

Fwd: COMUNICADO UNIVERSIDAD ANTONIO DE NEBRIJA

Un compañero nos envía lo siguiente:


Asunto: COMUNICADO UNIVERSIDAD ANTONIO DE NEBRIJA


A la Universidad Antonio de Nebrija y por distintas vías le ha llegado noticia informal de que el Acuerdo del Consejo de Ministros (de fecha 19 de diciembre de 2008 ) por el que se establece el carácter oficial y se acuerda la inscripción de dicha titulación en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) (junto con otros muchos títulos de otras universidades), fue impugnado por una corporación colegial, pleito en el que ha recaído sentencia acogiendo las pretensiones de la parte demandante. La parte demandada ha sido la Administración General del Estado, no la universidad Nebrija, ni ninguna de las demás universidades cuyos títulos se aprueban en el citado Acuerdo.

La citada sentencia se habría dictado en manifiesta contradicción con el ordenamiento jurídico, pues la Universidad Antonio de Nebrija no ha sido emplazada en el procedimiento, provocándose manifiesta indefensión, lo que resulta incompatible, entre otras normas de menor entidad, con el Art. 24.1 de la Constitución Española. Este extremo ha sido recientemente admitido por la misma Sala que ha dictado la sentencia a la que nos referimos en un caso en todo igual al que ahora afecta a esta Universidad. Además, según la información de que disponemos, lo único que ha sido cuestionado por el Tribunal Supremo es la denominación del título y en modo alguno el resto de aspectos que lo configuran, como su nivel académico, su carga lectiva, sus competencias académicas o el acceso al ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico.

La Universidad Antonio de Nebrija, como el resto de Universidades españolas que ofertan conforme a la legalidad el título de Ingeniería de Edificación, hará valer en los Tribunales su derecho a mantener dicha titulación. Y se instará la oportuna nulidad de actuaciones hasta restituir conforme a derecho, cualquier extremo que hubiera ocasionado indefensión.

Debe recordarse que el citado título de Graduado o Graduada en Ingeniería de la Edificación de la Universidad Antonio de Nebrija obtuvo,  de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente y como requisitos previos al establecimiento del carácter oficial de dicho título, la verificación positiva del Consejo de Universidades previo informe también positivo de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), así como la consiguiente autorización de la Comunidad de Madrid, para la implantación de tales enseñanzas. Igualmente el título fue publicado en el B.O.E. e inscrito en el citado Registro de Universidades, Centros y Títulos de donde al día de hoy no ha sido removido. Asimismo, el curso de adaptación al grado de Ingeniería de Edificación para Arquitectos técnicos ya titulados, fue también evaluado positivamente por la ANECA.

Ni del Ministerio, ni de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ni del RUCT, ni de la Comunidad de Madrid se ha recibido a la fecha notificación alguna que altere la situación de normalidad al respecto.

La implantación del Espacio Europeo de Educación Superior ha supuesto un abundante número de recursos, principalmente originados por las corporaciones profesionales del ámbito de las Ciencias y las Ingenierías. La práctica totalidad de los títulos de Ingeniería de Edificación de las Universidades españolas están cuestionados por procedimientos judiciales idénticos a éste, que se resolverán en sentencias a lo largo de los próximos meses y previsiblemente se prolongarán en sucesivos recursos durante años.

La Universidad Nebrija, está en coordinación con el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España y la Conferencia de Directores de Escuelas de Arquitectura Técnica, para articular las oportunas acciones legales.

En todo caso, en opinión jurídica de la Universidad, todos los alumnos matriculados en el presente curso 2010/2011 deben tener asegurada su titulación en los plazos legalmente previstos para ello con normal aprovechamiento académico. Por todo ello el calendario del curso de Adaptación a Grado en Ingeniero de Edificación seguirá los plazos previstos y se desarrollará con normalidad.

Todos los alumnos que ya estén graduados tendrán su correspondiente título Universitario de Grado en Ingeniería de Edificación, que en ningún caso puede verse afectado por esta Sentencia.

Esperamos haber contribuido a su información sobre esta cuestión, en la confianza que nos vincula y con el escrupuloso rigor y respeto a la legalidad que mantendremos a todo trance. Nuestra Universidad queda, como siempre, a su entera disposición para cualquier cuestión que resulte de su interés.

Atentamente,

 

Carlos González-Bravo

Director de la Escuela de Arquitectura e Ingeniería de Edificación

Universidad Nebrija

 

 

 

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