jueves, 7 de junio de 2012

UNA COSA DIVERTIDISIMA SOBRE IE (LEEDLO ENTERO POR FAVOR)

Fuente: Recibido por e-Mail.

Esto es para volverse loco, alguien debería poner en orden toda la información y hacer un documento de conclusiones. Al final acabaremos autoaniquilando nuestra profesión.

Asunto: UNA COSA DIVERTIDISIMA SOBRE IE (LEEDLO ENTERO POR FAVOR)

Por favor. Leedlo entero y reenviadlo.
 
Todos hemos escuchado alguna vez como un adaptado a Ingeniería de la Edificación se ha jactado de ser mejor que un Arquitecto Técnico, ya que posee mayores competencias, conferidas por su mayor numero de créditos en su título.
 
Todos hemos escuchado eso de "un ´titulado Arquitecto Técnico no es igual que un Ingeniero de la Edificación, pues posee menos formación que un grado en Ingeniería de la Edificación".
 
Pues hemos descubierto que esos comentarios son totalmente falsos y que se deben de tragar sus palabras. Son los Ingenieros de la Edificación los que poseen menos formación que nosotros, en muchos de los aspectos que son fundamentales para ejercer nuestra profesión.
 
Os rogamos leáis el siguiente análisis y lo difundáis entre todos los compañeros posibles:
 
ANÁLISIS:
 
Tomando por ejemplo la Universidad de Extremadura, dentro de su plan de estudios para el grado de Ingeniería de Edificación, podemos leer:
 
Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos (Aprobada por Consejo de Gobierno de 17 de octubre de 2008)
Artículo 12.- Reconocimiento de enseñanzas reguladas con anterioridad al RD 1393/2007.

En lo r
eferente al reconocimiento de créditos, a las titulaciones de Diplomado, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico, de Licenciado, Ingeniero y Arquitecto, reguladas con anterioridad al R.D. 1393/07, así como a las titulaciones de Máster reguladas por el R.D. 56/2005, se les aplicarán los mismos criterios que los establecidos en esta normativa para las enseñanzas de Grado y Máster, con las siguientes peculiaridades:
a) A efectos de cómputo de la extensión de sus materias se considerarán los créditos LRU equivalentes a créditos ECTS y, en las titulaciones anteriores a créditos, la hora semanal de asignaturas anuales equivalente a 3 créditos ECTS. 
 
Por lo tanto, siguiendo el razonamiento de algunos IE, como hemos enunciado al principio. Si el antiguo plan de Arquitectura Técnica de dicha Universidad tenía 250 créditos LRU, equivalentes a 250 ECTs, ningún grado de dicha universidad posee con sus 240 ECTs la formación misma formación que un Arquitecto Técnico, posee menos formación.
 
Las Universidades han manipulado esta realidad mediante una argucia legal, el crear nuevas asignaturas y disminuir los créditos de algunas asignaturas existentes. De esta manera al realizar los reconocimientos se consigue lo siguiente:
 
Topografía:        AT= 7,5 LRU/ECTs            IE= 6 ECts (1,5 menos a reconocer. De los 250, solo reconocen 248,5LRU)
Geomet Desc:    AT= 12 LRU/ECTs             IE= 6 ECTs (6 ECts menos a reconocer. De los 248,5, solo reconocen 242,5LRU)
Etc, etc...............................................................
 
De esta manera dejan nuestro título de AT en solo 180 LRU/ECTs reconocibles, y nos obligan a estudiar los 60 EWCTs restantes.
 
Pero esta jugada, que academicamente es legal y les ha salido bien, profesionalmente les puede haber salido por"el tiro por la culata".
 
 
Han reducido los créditos, y por lo tanto las competencias y conocimientos, de los siguientes aspectos fundamentales de nuestra profesión:
 
Topografía:        AT= 7,5 LRU/ECTs            IE= 6 ECts (1,5menos)
Estructuras:       AT= 19,5 LRU/ECTs           IE= 15 ECts (4,5menos)
Instalaciones:    AT= 13,5 LRU/ECTs           IE= 12 ECts (1,5menos)
Construcción:   AT= 36 LRU/ECTs              IE= 30 ECts (6 menos)
Y así podemos seguir hasta los 48 Creditos que nos obligan a cursar y que han eliminado de asignaturas de nuestra titulación
 
Por lo tanto un Ingeniero de la Edificación tiene muchos menos conocimientos, y por consiguiente competencias, que cualquier Arquitecto Técnico.
 
Y ahora surge la pregunta del millón y que es divertidísima, ¿puede un Ingeniero de la Edificación Ejercer como Arquitecto Técnico cuando no tiene la formación académica suficiente en estos campos tan fundamentales?.
 
Nunca un Arquitecto Técnico ha diferenciado a otro compañero según su plan de estudios ó numero de créditos. Pero ya que hay muchos IE que quieren marcar la diferencia entre ellos y nosotros por la formación académica, también nosotros podemos exigir que se marquen esas diferencias y que ellos no puedan realizar los trabajos para los que les falta formación.
 
 
Según todo esto. Se podría dar el caso que:
 
Ante la colegiación de una persona que solo fuera IE en uno de nuestros colegios. Cualquier colegiado podría solicitar judicialmente la anulación de dicha colegiación, ya que la persona en cuestión no posee ni los conocimientos ni competencias mínimas que se le deben de exigir a un profesional de la Arquitectura Técnica. Circunstancia esta avalada por el menor numero de creditos en las materias fundamentales que afectan a la profesión regulada.
 
 
Esta es la gran paradoja. Los tan Laureados Ingenieros de la Edificación, no poseen la formación academica suficiente para el desarrollo de la profesión regulada. Y son ellos los que marcan las diferencias con nosotros, y no al contrario.
 
 
Migue.

2 comentarios:

  1. Haber si nos enteramos que asignaturas que se llaman ACONDICIONAMIENTO versan sobre instalaciones, osea que no quites tantas materias de la carrera de IE simplemente por que las asignaturas se denominen de otra forma.

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  2. No se si eres IT industrial ni me importa, pero desde luego corto eres un rato, no tienes ni idea de Bolonia, del EEES, ni de créditos.

    Los colegios divinos ya podían haber elegido otros manipuladores, por que por la forma de actuar y escribir parece que no tengáis ni la EGB.
    Se os nota desesperados, dais pena.

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